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¿Qué hacer cuando una persona niega la existencia de la unión marital?

¿Qué hacer cuando una persona niega la existencia de la unión marital?

Una pareja puede haber convivido durante años, compartir gastos, formar un hogar e incluso adquirir bienes juntos. Sin embargo, cuando la relación termina o uno de los compañeros fallece, puede surgir un conflicto inesperado: una de las partes niega que haya existido una unión marital de hecho.

 

En Colombia, no haber contraído matrimonio no significa necesariamente que la relación carezca de efectos jurídicos.

 

Cuando se cumplen los requisitos establecidos por la ley, puede reconocerse la existencia de una unión marital de hecho y, dependiendo de las circunstancias, también pueden derivarse consecuencias patrimoniales.

 

Pero ¿qué ocurre cuando una persona simplemente afirma que nunca existió esa unión?

 

En estos casos, las pruebas de la convivencia y de las características reales de la relación adquieren una importancia fundamental.


¿Qué es una unión marital de hecho?


La legislación colombiana reconoce la unión marital de hecho entre compañeros permanentes cuando existe una comunidad de vida permanente y singular en los términos previstos legalmente.

 

Esto significa que no cualquier relación sentimental constituye automáticamente una unión marital.

 

Debe analizarse cómo se desarrolló realmente la vida de la pareja.


¿Es necesario haber firmado algún documento para que exista?


No necesariamente.

 

Precisamente una de las características de la unión marital de hecho es que puede surgir de las circunstancias reales de convivencia, sin que exista previamente un matrimonio o una escritura que declare la relación.

 

Por eso, que una persona diga:

 

“Nunca firmamos nada”

 

no necesariamente significa que jurídicamente no haya podido existir una unión marital de hecho.

 

Otra cuestión diferente es demostrar su existencia cuando no existe acuerdo entre las partes.


¿Por qué alguien puede negar la existencia de la unión marital?


Las razones pueden ser muy diferentes.

 

En algunos casos existe una verdadera discusión sobre si la relación cumplía los requisitos legales.

 

En otros, la controversia aparece porque reconocer la unión podría tener consecuencias patrimoniales.

 

Esto puede suceder especialmente cuando existen:

  • Viviendas.
  • Vehículos.
  • Empresas.
  • Inversiones.
  • Cuentas bancarias.
  • Otros bienes adquiridos durante la convivencia.

También pueden surgir conflictos después del fallecimiento de uno de los compañeros, particularmente cuando existen otros familiares o posibles herederos.


¿Qué hacer si tu expareja niega que existió la unión?


Lo primero es evitar asumir que la negativa de la otra persona elimina automáticamente tus posibles derechos.

 

Si no existe acuerdo para reconocer la unión mediante los mecanismos disponibles, puede ser necesario acudir a la autoridad competente para solicitar su declaración.

 

En ese escenario será fundamental demostrar cómo se desarrolló realmente la relación.


Las pruebas son fundamentales


Cuando una de las partes niega la convivencia, deben recopilarse elementos que permitan acreditar la existencia de una comunidad de vida permanente y singular.

 

Dependiendo del caso, pueden resultar relevantes diferentes tipos de prueba.


Testimonios de familiares, amigos o personas cercanas


Las personas que conocieron directamente la relación pueden aportar información sobre cómo vivía la pareja.

 

Por ejemplo:

  • Vecinos.
  • Amigos.
  • Familiares.
  • Compañeros de trabajo.
  • Personas que frecuentaban el hogar.

Los testimonios deben referirse a hechos concretos y no simplemente a opiniones sobre la relación.


Documentos que demuestren residencia común


También pueden existir documentos que ayuden a establecer que ambas personas compartían una residencia.

 

Entre ellos podrían encontrarse, dependiendo del caso:

  • Contratos de arrendamiento.
  • Correspondencia.
  • Documentos relacionados con servicios.
  • Certificaciones.
  • Registros administrativos.
  • Otros documentos donde aparezca el domicilio de las partes.

Ningún documento aislado necesariamente define por sí solo la existencia de la unión, pero varios elementos pueden ayudar a reconstruir la realidad de la convivencia.


Información financiera y patrimonial


La manera en que una pareja administraba sus asuntos económicos también puede resultar relevante.

 

Por ejemplo:

  • Bienes adquiridos conjuntamente.
  • Obligaciones asumidas por ambos.
  • Pagos relacionados con el hogar.
  • Productos financieros compartidos.
  • Documentos donde uno aparezca como beneficiario del otro.

Estos elementos pueden contribuir a demostrar la existencia de un proyecto de vida común, dependiendo de las circunstancias.


Fotografías, mensajes y comunicaciones


Las fotografías familiares, conversaciones, correos electrónicos y otros registros también pueden aportar contexto sobre la relación.

 

Sin embargo, una fotografía de vacaciones o varios mensajes afectivos no demuestran automáticamente una unión marital de hecho.

 

Lo importante es valorar las pruebas en conjunto y establecer si reflejan una verdadera comunidad de vida con las características exigidas por la ley.


¿Tener hijos juntos demuestra automáticamente la unión marital?


No. Tener hijos en común puede constituir un elemento importante dentro de la historia familiar, pero no significa por sí solo que necesariamente haya existido una unión marital de hecho.

 

La relación debe analizarse de manera integral.


¿Vivir en casas diferentes significa que nunca existió la unión?


Tampoco debe sacarse una conclusión automática.

 

Las circunstancias laborales, familiares, médicas o personales pueden hacer que una pareja permanezca temporalmente en lugares diferentes.

 

En caso de controversia será necesario estudiar cómo funcionaba realmente la relación y si continuaba existiendo la comunidad de vida exigida legalmente.


¿Un noviazgo largo puede convertirse automáticamente en unión marital?


No. La duración de una relación sentimental, por extensa que sea, no es suficiente por sí misma.

 

Un noviazgo de muchos años puede no tener las características jurídicas de una unión marital de hecho.

 

Por eso, en estos procesos resulta más importante demostrar cómo vivía realmente la pareja que simplemente cuánto tiempo mantuvo una relación sentimental.


Unión marital y sociedad patrimonial no deben confundirse


Este punto es especialmente importante.

 

Demostrar la existencia de una unión marital de hecho no significa automáticamente que todos los bienes de las partes deban repartirse por mitad.

 

La unión marital de hecho y la sociedad patrimonial entre compañeros permanentes son conceptos relacionados, pero diferentes.

 

Para determinar los efectos económicos deben analizarse los requisitos legales correspondientes, las fechas de convivencia, el origen de los bienes y las circunstancias particulares de la pareja.


¿Qué pasa si uno de los compañeros falleció y la familia niega la relación?


Este escenario puede ser especialmente delicado.

 

Después del fallecimiento pueden surgir discusiones entre quien afirma haber sido compañero permanente y los familiares del fallecido.

 

En estos casos puede ser necesario acreditar jurídicamente la existencia de la unión para determinar los derechos que eventualmente correspondan.

 

Por eso, conservar documentos y pruebas de la convivencia puede resultar especialmente importante.


No esperes demasiado para buscar asesoría


Cuando termina una unión marital pueden existir términos legales para ejercer determinadas acciones relacionadas con sus efectos patrimoniales.

 

Por esta razón, si existe una controversia sobre la relación o sobre los bienes, no es recomendable dejar pasar el tiempo suponiendo que el problema podrá resolverse posteriormente.

 

Una asesoría temprana permite revisar las pruebas disponibles y determinar qué acciones corresponden según el caso.


¿Qué debes hacer si anticipas que tu pareja negará la unión?


Lo recomendable es organizar la información antes de iniciar cualquier reclamación.

 

Puedes comenzar identificando:

  • Fecha aproximada en que comenzó la convivencia.
  • Lugares donde vivieron.
  • Personas que conocieron directamente la relación.
  • Bienes adquiridos durante ese periodo.
  • Documentos relacionados con el hogar.
  • Obligaciones económicas compartidas.
  • Fotografías, comunicaciones y otros registros relevantes.

La finalidad no es acumular documentos indiscriminadamente, sino construir una historia coherente y demostrable sobre cómo funcionó realmente la relación.


Negar la relación no necesariamente elimina los derechos


La existencia de una unión marital de hecho no depende únicamente de que ambas personas quieran reconocerla después de la separación.

 

Cuando existe controversia, son las circunstancias y las pruebas las que permiten determinar jurídicamente qué tipo de relación existió y qué consecuencias pueden derivarse de ella.

 

Por eso, ante una negativa, lo más importante es analizar los hechos, conservar las pruebas y actuar oportunamente.


¿Cómo te acompaña Gloria Henao y Asociados?


En Gloria Henao y Asociados brindamos asesoría en asuntos relacionados con uniones maritales de hecho y sus consecuencias patrimoniales.

 

Te acompañamos en:

  • Declaración de unión marital de hecho.
  • Análisis y recopilación de pruebas.
  • Reconocimiento de sociedad patrimonial.
  • Disolución y liquidación de sociedad patrimonial.
  • Conflictos sobre bienes adquiridos durante la convivencia.
  • Casos en los que uno de los compañeros ha fallecido.
  • Procesos cuando una de las partes niega la existencia de la unión.

Nuestro objetivo es estudiar las circunstancias reales de tu relación y determinar cuáles son las alternativas jurídicas disponibles para proteger tus derechos.


Si conviviste con tu pareja y ahora esa persona o sus familiares niegan que haya existido una unión marital de hecho, no asumas que esa negativa elimina automáticamente tus posibles derechos.

 

Agenda una asesoría con Gloria Henao y Asociados para revisar las pruebas de tu relación y determinar qué acciones legales puedes adelantar en Colombia.